EL HOMBRE DEL PELO CANO
El año 1.996 iba a comenzar con un importante cambio. Por razones desconocidas, el juez Bort decidió pedir el traslado y se lo concedieron. Hubo quién pensó que las amenazas escritas de Miguel Ricart habían surtido efecto. Otros mantenían que el "varapalo" de los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia, revocándole por segunda vez el cierre del Sumario, hicieron mella en el joven juez. Sea como fuere, lo único cierto es que José Miguel Bort abandonó el Juzgado nº 6 de Alcira y, curiosamente, Miguel Ricart dejó de escribir cartas.
En su sustitución fue nombrada una jueza: Alicia Valverde Sancho. Una jueza que, también curiosamente, había participado en alguna diligencia de este caso, ya que era la titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Catarroja. De hecho, ella fue quién firmó la orden de entrada de y registro en el domicilio de los Anglés, el mismo día que aparecieron los cadáveres de las niñas y quien tomó declaración a Ricardo Anglés acerca de la fosa donde "enterraban" la moto, entre otras muchas diligencias más.
Desde luego, había algo que llamaba poderosamente la atención. En las investigaciones por el triple crimen de Alcácer únicamente habían intervenido dos juzgados: el nº 6 de Alcira y el nº 2 de Catarroja. Y, sorprendentemente, tras la renuncia del juez Bort, con los miles de jueces que hay en nuestro país, nombran nuevo titular del Juzgado nº 6 de Alcira a la jueza del nº 2 de Catarroja, Alicia Valverde. ¿Fue una milagrosa casualidad?
La nueva juez se tomó las cosas con calma, ya que tardó más de 3 meses en cumplir el primero de los mandatos que había realizado la Audiencia: la toma de declaración del que ya se conocía como "el hombre del pelo cano".
Sin embargo, los primeros en interrogar a Miguel Nicolás Cortona fueron los hombres del cuartel de Patraix:
MANIFESTACIÓN VOLUNTARIA DE DON MIGUEL NICOLÁS CORTONA
En Valencia, a la una de la tarde del día 29 de Febrero de 1.996, comparece de forma voluntaria ante la fuerza instructora el notado anteriormente, nacido en Valencia el día 4 de Abril de 1.942, separado y con domicilio en Pinedo (Valencia), Restaurante "Casa Negra", el cual MANIFIESTA:
Que los primeros contactos que mantuvo con Miguel Ricart, fue en la Prisión Modelo de Valencia sobre los meses de Noviembre y Diciembre del año 1.991 o 1.992, donde coincidieron en la misma celda en unión de otro individuo que ignora como se llamaba. Que estuvo el declarante en dicha prisión unos 20 o 25 días saliendo de la misma unos 8 o 10 días antes de Navidades.
PREGUNTADO para que diga si conocía a Miguel Ricart con anterioridad a verlo en la prisión.
MANIFIESTA que no, que no lo conocía de nada, que el contacto con él lo tuvo durante los 20 o 25 días que estuvieron en la prisión y donde le comentó que tenía un chalet en la zona de Liria (Valencia), explicándole para cuando saliese de la prisión y necesitase alguna cosa sabía donde tenía su domicilio.
PREGUNTADO para que diga si durante el tiempo que permanecen en prisión, Miguel Ricart le hace algún tipo de comentario sobre las citadas niñas de Alcácer, así como si le llegó a demostrar interés por las niñas.
MANIFIESTA que en ningún momento le hizo comentario al respecto.
PREGUNTADO para que diga si Miguel Ricart llegó a ir al chalet de su propiedad.
MANIFIESTA que haría sobre unos 10 o 12 días cuando el declarante había salido de la prisión, cuando se presentó en dicho chalet Miguel Ricart, que lo hizo sólo en un vehículo de color blanco, Opel Corsa, el cual le manifestó que había venido a verle y que si podía quedarse algún tiempo haciéndole compañía, que había reñido con su mujer y que necesitaba quedarse con él, a lo que el declarante accedió, permaneciendo en el mismo unos 6 o 7 días. Que durante estos últimos días y una noche sobre las 4 de la mañana apareció un encapuchado, el cuál le amenazó con una pistola, propinándole una paliza, ignorando como podría llegar a su domicilio, no llegándole a reconocer en ningún momento, dado que llevaba la cara tapada, el cuál le amenazó de que se tenía que marchar del chalet y que si volvía dentro de quince días y no se había ido le mataría, marchándose a continuación.
PREGUNTADO para que diga si durante el tiempo que estuvo el encapuchado en su domicilio, el tal Miguel Ricart hizo algún ademán de tratar de defenderlo.
MANIFIESTA que nunca hizo algún gesto de defenderlo, y que a la mañana siguiente Miguel Ricart ya se marchó de su domicilio.
PREGUNTADO para que diga cuando volvió a ver a Miguel Ricart.
MANIFIESTA que serían sobre las nueve de la noche del día siguiente al que le dieron la paliza, cuando se presentó en su domicilio Miguel Ricart, Antonio Anglés y Mauricio Anglés, que lo hicieron en otro coche no en el que había llevado Miguel Ricart días anteriores. Que llegaron con la intención de quedarse algunos días, permaneciendo en dicho chalet unos 3 o 4 días. Que Antonio Anglés tomó la decisión de marcharse todos a la localidad de Catarroja (Valencia), haciéndolo el declarante en unión de ellos, pero que el mismo no lo llegó a hacer con toda su libertad, ya que le insinuó que podían volver a atacarle. Que en el domicilio de Catarroja él permanece 6 o 7 días y que de esos días permanece ingresado en el Hospital Arnau de Vilanova dos días, tratándole algo del estómago. Que el motivo de permanecer en el domicilio de Antonio Anglés fue porque éste le quería comprar el chalet por un importe de 2.000.000 de pesetas, por lo que hizo tiempo para cobrar, dado que dicha cantidad la tenían que sacar de un préstamo bancario.
PREGUNTADO para que diga si llegó a salir alguna vez con ellos y dónde estuvieron.
MANIFIESTA que solamente salió una vez con ellos que estuvieron en una discoteca existente entre la carretera de Manises a Paterna, que cree recordar que el vehículo era de Antonio, color azul, que iban Antonio, Miguel, Mauricio y el declarante, que esta fue la única vez que salió con ellos.
PREGUNTADO para que diga si llegó a ir en unión de los anteriores a las localidades y zonas de Alborache, Catadau, Llombay u otras.
MANIFIESTA que como ya ha dicho anteriormente solamente salió una vez con ellos.
PREGUNTADO para que diga si los días que él convivió con ellos en el chalet de su propiedad, así como en el domicilio de Antonio Anglés en Catarroja, en algún momento le llegaron a hacer comentarios sobre las niñas de Alcácer.
MANIFIESTA que nunca les oyó ningún comentario al respecto.
PREGUNTADO si quiere hacer constar alguna cosa más, dice que no, que lo dicho es la verdad...
Al día siguiente, "el hombre del pelo cano" volvió a declarar. Esta vez en el Juzgado de Alcira, ante la magistrada, el fiscal y los abogados.
DECLARACIÓN DE MIGUEL NICOLÁS CORTONA
En Alcira, a 30 de abril de 1.996.
Ante el Sr. Juez de Instrucción seis de este Juzgado, asistido de mí, el Secretario, constituido en audiencia pública comparece el mencionado arriba, asistido del Letrado D. Bernardo Maiques Alonso.
A preguntas de Su Señoría, manifiesta:
En presencia de los Letrados D. Virgilio Latorre, D. Vicente Quilis, D. Romero Villafranca.
En presencia Fiscal Jefe D. Enrique Beltrán.
Que se afirma y ratifica totalmente en la manifestación voluntaria prestada ante la Guardia Civil.
Manifiesta que conoció a Miguel Ricart en la Cárcel Modelo en la fecha de mediados de noviembre del año 1.992, hasta diciembre de 1.992. Que con anterioridad no lo conocía de nada. Que dada la relación mantenida con el mismo al convivir en la misma celda, cuando el declarante salió de prisión, le comentó a Miguel Ricart que tenía un chalet en la zona de Liria ofreciéndole el mismo. Que a los 8 días de salir el declarante de prisión en el mes de diciembre, Miguel Ricart se presentó en el citado chalet. Que se presentó allí diciéndole que había reñido con su mujer y diciéndole si podía permanecer allí unos días, a lo que el declarante accedió.
Manifiesta que Miguel Ricart se presentó en el chalet en un Opel Corsa de color blanco y estuvo de ocho a nueve días en el citado domicilio.
Que se produjo un incidente en el citado chalet, ya que durante una noche apareció un encapuchado, le amenazó con una pistola y le pegó una paliza. Que estaba presente Miguel Ricart. Que al parecer, la intención de esta persona era quedarse unos días solo en el chalet, ya que le dijo al declarante que iba a estar allí unos días y que si volvía le mataría.
Manifiesta, que durante el citado incidente le resultó sospechosa la actitud de Miguel Ricart, ya que estando en la misma habitación, no se movió ni dijo nada al ver lo que le estaba ocurriendo.
Manifiesta, que después de ocurrir el citado incidente, el sujeto encapuchado se marchó. Que el declarante le dijo a Miguel Ricart que se fuera de su casa, ya que el declarante se iba a ir e iba a cerrar la misma y todo ello porque le pareció que el citado podría estar confabulado con el sujeto que le agredió.
Que Miguel Ricart comenzó a llorar diciéndole que no tenía donde ir, por lo que convenció al declarante y éste le dejó en la citada casa marchándose a Valencia.
Que ese mismo día regresó al chalet. Que manifiesta que Ricart se fue con el declarante y lo dejó en Valencia y que fue allí cuando le dijo que si quería podía volver. Que el declarante al no sentirse tranquilo por si volvía, decidió regresar al chalet y una vez en el mismo se presentaron Miguel Ricart, Antonio y Mauricio Anglés.
Que hasta la fecha no conocía a los citados hermanos Anglés. Manifiesta que se quedó sorprendido ya que le había dicho a Ricart que no llevara a nadie a su casa. Que el mismo le dijo que se tranquilizara, que habían ido dichos sujetos para protegerlo por si regresaba el individuo que le había agredido en la noche anterior.
Que permanecieron durante 7 u 8 días aproximadamente. Manifiesta que luego se fue con los citados sujetos a Catarroja, que no lo hizo voluntariamente ya que se sintió coaccionado. Que se fueron a una discoteca situada entre Paterna y Manises.
Manifiesta que con posterioridad estuvo aproximadamente una semana en el domicilio de los hermanos Anglés en Catarroja. Que se fue allí porque éstos le manifestaron que estaría más protegido que si se quedaba solo en el chalet y porque tenían intención de comprarle el mismo.
Manifiesta que luego se marchó voluntariamente del citado domicilio, ya que comenzó a sospechar de que dichas personas no eran buena gente.
Preguntado si Miguel Ricart le hizo algún comentario sobre el tema de las niñas de Alcácer manifiesta que no.
Preguntado si ha estado alguna vez por las localidades de Catadau, Llombay o Tous, manifiesta que no sabe ni dónde están.
A preguntas del Ministerio Fiscal: Que cuando habla del chalet se refiere a un chalet a medio acabar. Que era fácil entrar en el mismo y al extraño le resultó fácil. Que el chalet se lo querían comprar un poco obligado y el precio era de dos millones y al declarante le parecía bastante. Que cuando el declarante se encontraba en prisión con Ricart, estaba como preventivo. Que nunca se ha teñido el pelo.
A preguntas del letrado D. Virgilio Latorre: Que su chalet está en el kilómetro 7 de la carretera de Pedralva, y que fue esa la dirección que le dio a Ricart para que lo localizase, y que al parecer había estado dos o tres días dando vueltas porque no lo encontraba. Que por esa zona hay muchas casetas. Que él apareció sobre unos ocho días al salir de prisión. Que el declarante salió de prisión el día 19 de noviembre y estuvo unos 20 días. Manifiesta que fue detenido en Valencia, en las Escuelas Pías y por esas fechas estaba también en el chalet. Que la semana anterior a esa detención estaba en el chalet y vivía solo. Que todos los fines de semana hablaba con sus vecinos. Que durante esa época recibía visitas de algún amigo de Liria pero no mucho.
Que durante el periodo en que Miguel Ricart estuvo, se ausentaba del chalet en ocasiones y luego volvía. Que el día que fue con Ricart y los Anglés a la discoteca, no oyó ni dijo nada de unas niñas, ni que hicieran autoestop. Que el declarante no quería saber mucho de ellos, porque sabe que son atracadores porque Ricart se lo dijo y se lo propuso más de una vez y el declarante dijo que no. Que ni Miguel Ricart ni ninguno de los Anglés le propuso al declarante raptar a unas niñas y tenerlas unos días y violarlas. Que si esto lo dice Mauricio miente.
Manifiesta que solo una vez le comentaron que iban a ver a tres niñas y que si quería ir con ellos. Que el declarante dijo que no. Que se fueron Ricart y Antonio Anglés y el declarante se quedó con Mauricio. Que no le especificaron donde iban ni quiénes eran. Que al cabo de 4 o 5 horas regresaron. Que aproximadamente serían sobre las siete de la tarde y sobre las doce y media o una de la noche volvieron. Que no sabe para que fueron, pero supone que sería para divertirse y lo sabe porque se lo dijeron al declarante. Que cuando regresaron Mauricio les preguntó si habían visto a las citadas chicas y ellos dijeron que no. Que el declarante es conocido por su nombre, por Miguel solo.
A preguntas letrado D. Romero Villafranca: Que es cierto que acudió voluntariamente a la Guardia Civil a contar lo que sabía de las citadas personas. Que el declarante se asustó cuando oyó la noticia en la televisión y sabía que había tenido a esas personas en su casa. Que es cierto tal y como declaró ante la Guardia Civil, que comentaron, la noche que volvieron de buscar a las niñas a que se ha hecho referencia, que en caso de violación a ellos nunca los cogerían porque antes enterrarían los cuerpos. Manifiesta que es cierto, que en la celda que compartía con Miguel Ricart ingresó también otra persona, acusada de violación y que el citado comentario a que ha hecho referencia en el chalet salió en relación a esta persona. Que es cierto que el 20 de enero se va a vivir a una pensión de Valencia. Que después de eso no volvió a ver más a los citados sujetos. Que reitera que se sintió coaccionado porque el declarante llegó a pensar que el que le dio la paliza fue Antonio Anglés. Que el declarante estaría conviviendo unos 15 días con Miguel Ricart y Antonio Anglés. Que preguntado como era la relación entre Ricart y Antonio Anglés: manifiesta que era normal, aunque se le veía más superior al Antonio que al Ricart. Que el declarante no conocía antes al Antonio Anglés, de nada.
A preguntas letrado D. Vicente Quilis: Que el chalet tenía tres habitaciones y que Ricart y el declarante dormían en la misma habitación, pero no juntos. Que se fue a Catarroja aunque sospechaba que Antonio Anglés era el que le había agredido por el tema de la venta del chalet y porque al ver que estaba de por medio la madre se tranquilizó. Que la madre estaba allí todo el día. Que el declarante notaba que el Ricart tenía al Antonio como algo superior a él y cree que le tenía un poco de respeto. Que luego llegó a pensar que el encapuchado que le había agredido era Antonio Anglés, ya que se dio cuenta cuando este fue al chalet al día siguiente, que llevaba la misma ropa que la persona que le había agredido.
Preguntado quién fue el que hizo el comentario de que si violaran a unas niñas las enterrarían para que no los descubrieran, no lo sabe, que hablaban entre los dos. Que el declarante se sintió coaccionado durante todo el tiempo que estos sujetos estuvieron en su casa. Que nunca oyó que Antonio se dedicara a conseguir "chiquitas" para prostituirlas.
Y encontrándola conforme la firma con Su Señoría, doy fe.
Estas dos declaraciones fueron todas investigaciones que se realizaron. Estaba claro que la nueva jueza tenía tanta prisa como Bort en dar carpetazo al "caso Alcácer". Cuatro días después del interrogatorio de Miguel Nicolás, el 3 de mayo de 1996, la jueza Alicia Valverde dio por concluido el Sumario.
Una vez más, la acusación popular volvió a oponerse a la finalización de las investigaciones:
Bastaría para invocar la revocación de la causa, denunciar el incumplimiento por el instructor de la práctica de las diligencias acordadas por la Sala, y en particular, la relativa a la extracción de pelos de cabeza y de pubis del imputado Miguel Nicolás Cortona, para la práctica de la pericial consistente en la comparación del ADN, con el pelo hallado por el Dr. Frontela en el cinturón de Desirée Hernández.
Según la Instructora, al tratarse de un pelo sin bulbo sólo tiene interés para determinar la especie biológica a que pertenece el cabello. Desde luego se desconoce de dónde ha extraído la Instructora una conclusión tan arriesgada como errónea.
Parece deducirse que la Instructora ha concluido a priori -basándose en motivos por demás hipotéticos (..."es posible que no se obtenga suficiente ADN para su realización...")- que el análisis no va ser determinante, aún antes de producirse.
Además, para la acusación popular, la declaración de Miguel Nicolás había reforzado aun más las sospechas sobre su participación o conocimiento de los hechos:
En efecto, la declaración prestada el día 30 de abril, después de rebatir las declaraciones de Mauricio Anglés sobre la oportunidad de recoger a unas niñas en auto stop, "manifiesta que sólo una vez le comentaron que iban a ver a tres niñas y que si quería ir con ellos. Que el declarante dijo que no. Que se fueron Ricart y Antonio Anglés y el declarante se quedó con Mauricio. Que no le especificaron donde iban ni quiénes eran. Que al cabo de cuatro o cinco horas regresaron. Que aproximadamente se irían sobre las siete de la tarde y sobre las doce y media o una de la noche volvieron. Que no sabe para qué fueron, pero supone que sería para divertirse y no sabe porqué se lo dijeron al declarante. Que cuando regresaron Mauricio les preguntó si habían visto a las citadas chicas y ellos dijeron que no". Más adelante declara "que comentaron, la noche que volvieron de buscar a las niñas a que se ha hecho referencia, que en caso de violación a ellos nunca los cogerían porque antes enterrarían los cuerpos". De coincidir estos hechos con el rapto, violación y asesinato de Miriam, Toñi y Desirée significaría que el 13 de noviembre de 1992 Antonio Anglés, Mauricio Anglés y Ricart conocerían y estarían viviendo en el chalet de Miguel Nicolás, de lo que cabe inferir al menos dos cuestiones, una primera incontrovertible, cual es que Miguel Nicolás miente en su declaración al asegurar que conoció a Ricart en la prisión y con posterioridad a los hechos (por cierto, excusó a la Guardia Civil su participación con el mismo argumento que Ricart de que en tales fechas se encontraba en prisión, cuando, como se ha podido comprobar y al igual que Ricart, ingresó con posterioridad al 13 de noviembre); pero también cabe inferir que o bien participó, cuestión ésta a resolver precisamente con la prueba pericial pendiente de practicar, o al menos que conoció, y por tanto encubrió.
Es más, en declaraciones posteriores de las que se han tendido conocimiento a través de la entrevista con el mismo publicada en el diario "Levante" de fecha 9 de mayo de 1996, en la que explicaba que Antonio Anglés y Ricart le habían cogido un pico y una pala de su chalet para cavar una fosa al objeto de esconder una moto. Esta cuestión es también de indudable trascendencia porque se refuerza el hecho de que Miguel Nicolás conocía, vivía y tenía relación con Anglés y Ricart con antelación y durante el tiempo de realización de los hechos objeto de la investigación.
Además, del último de los informes remitido por el Instituto Nacional de Toxicología, el de 17 de abril de 1996, se desprende la inequívoca participación, al menos de una tercera persona, en la misma línea de lo sostenido por el Dr. Frontela.
Es incontrovertible que los vellos púbicos encontrados pertenecen a sujetos participantes en los hechos, y distintos de los que hasta ahora han sido investigados.
Ante estos argumentos, el 1 de julio de 1996, por tercera vez, la Sala de la Sección Segunda de la Audiencia ordenó reabrir el Sumario, para llevar a cabo la siguiente diligencia:
Tras la obtención de pelos de cabeza y pubis de Miguel Nicolás Cortona se practique la pericial consistente en el análisis comparativo de ADN mitocondrial con el pelo hallado en el cinturón de Desirée Hernández.