Debate sobre el usoÞl velo


El debate sobre el uso del velo de las mujeres musulmanas en Europa Occidental

por

FERNANDA HORNEFFER RODRÍGUEZ, CAROLINA MARTÍNEZ BARTELT, DALIA OBREGÓN SCHAEL, ISABELLA PELOGGIO ORTIZ Y PAOLA GUADARRAMA BAENA.

COLEGIO ALEMÁN ALEXANDER VON HUMBOLDT CLAVE 2005

Encuentro de Investigación Científica y Humanística 2007

ASESORA MTRA. GLORIA PÉREZ DEL VALLE

CATEGORÍA: LOCAL

ÁREA: FILOSOFÍA

MODALIDAD: DOCUMENTAL

NIVEL: BACHILLERATO

Respetemos identidades,

en la naturaleza todo es diferente,

una gota de agua no es igual a otra,

una hoja igual posee grandes diferencias respecto de otra,

por qué nosotros como seres humanos nos denigramos?

Respeta a tu igual, como deseas te respeten a ti

(Altaira)

Resumen

Europa se ha convertido en un continente multicultural y plurirreligioso, debido a la migración de los países que no pueden ofrecer trabajo a sus ciudadanos. La mayoría de los emigrantes en Europa son musulmanes; esto lleva a un conflicto, pues los musulmanes tienen otras costumbres, valores y conceptos diferentes a los de la cultura occidental. La migración tiene como ventaja la apertura de posibilidades de interrelación entre distintas culturas, pero como desventaja puede llevar a conflictos multiculturales. De aquí el problema que resuelve este trabajo: la explicación de la postura sobre el uso del velo de las mujeres musulmanas que han adoptado los gobiernos en Europa occidental a partir de las categorías tolerancia, multiculturalismo y pluralismo, y exponer nuestra posición desde un planteamiento filosófico sobre si se debe o no prohibir el uso del velo a las mujeres musulmanas. Concluimos que, para los países occidentales, el velo representa una forma de discriminación que no es acorde con los valores que se manejan hoy en sus sociedades, pero para los musulmanes el velo representa un signo de tradición, costumbres y libertad. Prohibir el uso del velo significa negar el derecho a la libertad de culto y el respeto al individuo, situación que entienden las autoridades occidentales. Por eso decretan su prohibición en términos de seguridad nacional, pero tomando en cuenta que su uso no ocasiona ningún perjuicio, es incorrecto prohibir su uso, esto significaría pedirles a los musulmanes que modifiquen su orden social y forma de vida siguiendo normas occidentales.

El debate sobre el velo de las mujeres musulmanas en Europa Occidental

Planteamiento del problema

Europa se ha convertido en un continente tanto multicultural como plurirreligioso, esto debido a la inmigración de distintos pueblos. La migración es característica de estos tiempos debido a que los individuos que no encuentran trabajo en su país, viajan a otro para conseguir uno y así poder mejorar su nivel de vida y el de los suyos. En Europa Occidental la mayoría de inmigrantes son musulmanes. Se estima que esos países han recibido alrededor de 12 o 13 millones de musulmanes (Alponte, Juan María, 2006). Esta situación, dado el contexto del ascenso de la extrema derecha europea, plantea un dilema para los países democráticos de tradición laica y de defensa de los derechos humanos, debido a que los musulmanes tienen diferentes conceptos sobre valores como, por ejemplo, la libertad y la igualdad de géneros. Es dentro de este marco que queremos explicar las acciones que han tomado los diversos gobiernos europeos en relación con el uso del velo entre las mujeres musulmanas que residen en esos países, y nos preguntamos se debe o no prohibir su uso entre las mujeres musulmanas que viven en Europa occidental.

Además también nos preguntamos si hay repercusiones de importancia para quienes lo portan y para quienes lo prohíben.

Justificación

De acuerdo con la Constitución europea, para que el mundo global pueda alcanzar algunos de sus objetivos comunes como la paz y el bienestar de sus pueblos, es necesario un sistema de valores socialmente compartidos, como son el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, estado de derecho, el respeto a los derechos humanos (incluidos los que pertenecen a una minoría), la no exclusión de las culturas, la tolerancia y el establecimiento de los límites de la tolerancia frente al dogmatismo, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres. Sin embargo, la dialéctica de la globalización genera, por un lado, necesidades de integración con culturas más amplias, de enriquecimiento de nuevos valores y costumbres, apertura de posibilidades para una mayor interrelación entre los distintos pueblos y sus culturas. Por otro lado, provoca situaciones de dominación, xenofobia y conflicto entre sociedades complejas, incluso en el interior de las mismas.
Con la globalización se ha propiciado una revitalización de los escenarios locales y, con ello, de sus valores, usos y costumbres.

Lo anterior significa que la unidad global no equivale a uniformidad, sino lo contrario: la globalización implica diversidad, puesto que los productos globalizados son interpretados e incorporados a la vida cotidiana de cada individuo de modo distinto, haciendo que las sociedades o las culturas no se adhieran todas por igual ni se integren en forma creciente. Es decir, la globalización no es un fenómeno constante ni homogéneo. Es un fenómeno que, por un lado, une a las personas y, por el otro, las divide e incluso contribuye a fortalecer las culturas particulares, más que a asimilarlas, poniendo de manifiesto la pluralidad y la riqueza de las diversas culturas que interaccionan entre sí en un proceso dialéctico. De aquí el problema de analizar cuidadosamente la tolerancia y resaltar la importancia de debatir sobre costumbres particulares que parecen chocar con ciertos valores de ciertos sectores sociales.

Esperamos justificar nuestra posición en torno al debate que se ha abierto referente a las tradiciones de pueblos no occidentales. Esto último resulta importante porque en nuestro país, si bien el problema de los musulmanes no es prioritario, sí lo es en lo referente a las tradiciones, usos y costumbres de nuestras comunidades indígenas, por lo que es fundamental desarrollar actitudes de tolerancia. Este trabajo está principalmente orientado a los jóvenes que el día de mañana dirigirán nuestro país.

Antecedentes

Hemos encontrado que al filo de este siglo los gobiernos de los países europeos han manifestado diferentes posturas ante el uso de símbolos culturales. Nos referiremos particularmente a las relativas al velo que usan las mujeres de religión islámica, el hiyab, derivado de una polémica en torno a las cuestiones siguientes: Si se les debe permitir su uso como forma de respeto a la pluralidad y la multiculturalidad por la que aboga el mundo occidental, hoy global, o si el uso del velo representa una forma de sumisión de las mujeres y, por lo tanto, no va acorde con los valores occidentales de igualdad entre hombres y mujeres, y por lo tanto es factible argumentar su prohibición en aras de la igualdad de género. Además, es importante investigar si el uso del velo está contaminando las costumbres y los valores occidentales y si esto impide la integración de las etnias musulmanas a las costumbres de los países que los acogen lo cual, hasta cierto punto, justificaría su prohibición.

Objetivo

Explicar la postura sobre el uso del velo de las mujeres musulmanas que han adoptado los gobiernos en Europa occidental a partir de las categorías tolerancia, multiculturalismo y pluralismo, y exponer nuestra posición desde un planteamiento filosófico sobre si se debe o no prohibir dicho uso.

Hipótesis

  1. Si los gobiernos de Europa Occidental como Inglaterra, Francia y Alemania han legislado o no en torno al uso del velo islámico y, particularmente, sobre el uso de la burka, su argumentación se debe sostener sobre dos de los valores más importantes de la modernidad: la laicidad y la libertad de culto.

  2. Los gobiernos de Holanda e Italia han encontrado en los límites de la tolerancia, (donde se garantiza la seguridad de las personas que es la obligación por excelencia del Estado) y en los límites de la comunicación (valor muy apreciado en el mundo actual), las razones para prohibir el uso de velos, sobre todo la burka.

3. Desde nuestra perspectiva, los gobiernos de Europa occidental no deberían legislar sobre el uso del velo, pues las mujeres pertenecen a una sociedad tradicional en donde el concepto de la libertad individual no existe como se entiende desde el pensamiento occidental. Es decir, la conducta individual se regula con base en un ritualismo costumbrista. Desde esta perspectiva, la mujer no es discriminada, simplemente tiene un papel social definido como lo tiene el hombre, los niños, los ancianos, etc. El uso del velo en la sociedad musulmana no puede verse como una forma de discriminación, porque sencillamente es una costumbre equivalente al uso de la ropa.

Además, desde la visión occidental el uso o no del velo sería una decisión personal - contrario a la costumbre musulmana que, como dijimos, es costumbrista-, su uso es una decisión individual y al prohibirlo están violando el principio de respeto al pluralismo, al multiculturalismo y a la tolerancia. En la tradición occidental ha sido fundamental el principio de la libertad. En el caso de las preferencias individuales, ningún país ha pensado en legislar sobre ello. Sin embargo, no podemos abogar del mismo modo por la burka, debido a que esta costumbre es producto de una interpretación ultraconservadora que insta a cubrir por completo a la persona, subordinando a las mujeres y atentando contra su dignidad y puede efectivamente, como han visto algunos países europeos, ser aprovechado por delincuentes y terroristas para atentar contra la vida y la seguridad de la sociedad.

Método

Para resolver este problema seguimos el siguiente método:

1° Nos preguntamos por qué en la cultura musulmana las mujeres se cubren con un velo el rostro y/o el cuerpo.

2° Buscamos si es una mera cuestión religiosa o no. Si éste es el caso, tendríamos que tomar en consideración que uno de los fundamentos de las libertades en Occidente es la libertad de creencias. Recordemos que la cultura occidental cambia con el tiempo como, por ejemplo, después del Renacimiento hubo un cambio en la forma de pensar respecto a la dependencia religiosa y las personas empezaron a creer más en sus propios logros. Además, con la construcción de las modernas instituciones políticas y el uso de las ciencias para comprender el mundo, los individuos se fueron independizando de la religión y fue sobre todo la iglesia católica quien perdió mucho poder. De estos hechos se derivó la necesidad del principio de la tolerancia hacia otras religiones, sus símbolos y sus costumbres. Es así que el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamado por la Asamblea general el 10 de diciembre de 1948, establece que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Como encontramos que el uso del velo y la burka no son una mera cuestión religiosa sino una interpretación social del Corán buscamos:

3° La importancia de la Sharia, su autoridad, y sus funciones en las sociedades musulmanas. Si partimos del supuesto de que las leyes son producto de la necesidad de la sociedad y si estudiamos la cultura musulmana, sobre todo la referente a la estructura familiar tradicional, encontraremos que es allí donde está la explicación de la costumbre y su interpretación en los distintos países musulmanes, algunos más liberales y otros ultra ortodoxos como los talibanes de Afganistán, que son más extremistas en cuanto al uso del velo y además exigen la burka.

4° Estudiamos los valores occidentales de hoy y, en particular, el principio de libertad, su significado y sus límites para explicar las acciones de los gobiernos europeos en torno a la prohibición del uso del velo.

5° Definimos pluralismo como el respeto al derecho del individuo de actuar y pensar libremente en todo aquello que no perjudique a la sociedad.

6° Buscamos definiciones sobre multiculturalismo y consideramos que la definición de W Kymilicka (1996) es la más apropiada, pues se refiere a movimientos que se configuran alrededor de un sentimiento de identidad colectiva con base en un sistema de valores compartidos, en un estilo de vida y en una conciencia de marginación respecto a otros grupos sociales. Además, plantea “el problema de las diferencias culturales y con él los derechos de las minorías a su identidad y reconocimiento.” Por eso buscamos también la definición de cultura, que s e refiere al “conjunto de aspectos materiales, organizativos y simbólicos que caracterizan a un grupo humano o una sociedad”. (Picós, 1996:70). A partir de esta definición nos dedicamos a estudiar el papel de la mujer en la cultura musulmana y sus expresiones culturales, en particular el uso del velo.

Argumentación

El siglo XXI está marcado por un creciente movimiento de pluralismo que implica ruptura de fronteras, no solamente geográficas sino de pensamiento, lo cual trae como consecuencia la necesidad de replantear nuestros límites con relación a nuestra manera de actuar y de pensar al otro.

  1. Los valores Occidentales y el problema del uso del velo y otras formas de cubrirse entre las mujeres musulmanas como el hiyab y la burka.

(Cuadro 1) Ni Alemania, ni Inglaterra han promovido ley alguna en cuanto a la prohibición del uso del velo islámico, mientras que Francia sí lo ha hecho con el Art. 141-5-1 de la Constitución Francesa (1958).

Podemos darnos cuenta de que los franceses que tuvieron como referencia el debate sobre el tema que nos ocupa, no se atrevieron a prohibir clara y concretamente el velo musulmán ya que eso sería discriminatorio y contrario a los valores de respeto al otro y a la pluralidad que hoy pregonan en la mayoría de los pueblos occidentales. Lo disfrazaron tomando como base el principio de laicidad del gobierno francés, ya que de otro modo se opondría al derecho de libertad de culto y libertad de conciencia. Al igual que en todo occidente, el derecho francés moderno lo legisló aplicándolo a todos los símbolos religiosos y no sólo a los del Islam. Claro que es posible ver en él una respuesta tanto hacia las minorías xenófobas (que ven en el uso del velo la contaminación de los valores franceses y occidentales con prácticas ajenas a su cultura) como a las feministas, que lo ven como una forma de sumisión del hombre a la mujer y, quizás, a ciudadanos musulmanes progresistas que ven en ella una ayuda para evitar el ascenso del Islam ultra conservador y ultra religioso. Como se quiera ver, no puede ser categórica la prohibición del velo musulmán.

Cuadro 2

Por una parte el gobierno holandés, de centro derecha, acordó el 17 de noviembre de 2006 prohibir completamente el uso de la burka y otros velos islámicos en público que cubran la cara, como respuesta a la propuesta de la ministra de integración Rita Vadnok, del partido liberal, para quien el uso del velo es contrario al proceso de emancipación de la mujer. Esto no lo hicieron violando la libertad de culto y la laicidad, pues los argumentos se organizaron en torno al ocultamiento de la cara por cuestiones de “orden público, seguridad y protección de los ciudadanos. (El ministro de Justicia, 2006)”. Todo esto se da, como ya mencionamos, en el marco de la inmigración y los problemas que se derivan de su integración. Se mantiene otra vez el principio de igualdad, pues el proyecto de ley prohíbe a todos los ciudadanos cubrirse el rostro en sitios abiertos, tales como las escuelas, autobuses, tribunales y otros edificios públicos. El alcalde de Ámsterdam agregó un elemento más al debate diciendo que aprobaba el proyecto desde el punto de vista de la comunicación, que se ve limitada cuando alguien se cubre el rostro.

Para los italianos, la preocupación es que no se transfieran los símbolos tradicionales a símbolos de identidad. Están de acuerdo en que los estados occidentales, cuya cultura deriva de la tradición del derecho romano, debe garantizar que las personas pueden usar la burka por su voluntad libre y no por imposición.” (Forza Italia, 2004)

Sin embargo, Forza Italia considera que debe haber leyes que prohíban que las personas se cubran la cara en relación con la protección de la vida y la seguridad, de las personas, puesto que se preguntan: ¿qué sucede si el terrorismo se aprovecha del uso de la burka para procurar atentados y sembrar la muerte? Por lo tanto, responden, no podemos atentar contra nuestros principios de como el de la seguridad. Pero en aras de la igualdad, no podemos negar que esta brota de la naturaleza. Por lo que al momento de prohibir cualquier uso de prendas de vestir que cubran la cara, hay que incluir también el uso de la burka.

La forma como los gobiernos de Europa occidental han resuelto la controversia parece inscrita impecablemente dentro de los valores de la modernidad. Sin embargo, vale la pena insistir en que el debate se abrió dentro del contexto de la inmigración islámica a Europa y del pavor al terrorismo después de los sucesos del 11 de septiembre de 2001, lo que provocó en algunos casos reacciones xenofóbicas y en otros de discriminación, las cuales a su vez propiciaron que aflorara el sentido de identidad en las minorías étnicas. De acuerdo con Kymilcka, de aquí surge la pregunta acerca de cuál es el derecho de las minorías a su identidad y reconocimiento en un mundo (occidental) que pregona el respeto a la pluralidad.

Cabe aquí exponer la posición filosófica con la que argumentamos lo que nosotras defendemos.

El amor a otros seres humanos y una natural aceptación de diferencias personales y distintos roles sociales, de clases o grupos, ha sido siempre y sigue siendo parte integral de cualquier tejido social. Sin embargo, en las grandes culturas de la antigüedad, el pluralismo y la tolerancia se dan en el interior de un sistema conceptual y de vida preconcebido a partir de las relaciones sociales. La realidad es interpretada por el hombre y de ahí elabora un sistema de conocimiento y valores que forjan los conceptos de pluralismo y tolerancia que se van ajustando a dicho sistema de pensamiento. Por ejemplo, Levy Strauss en El pensamiento salvaje se refiere a las desviaciones de las normas sociales que no se aceptan por la mayoría y que pueden ser penalizadas, inclusive con la muerte.

Con los griegos, el pluralismo conceptual es explorado y ahí se gesta la tolerancia a las distintas ideas. Sin embargo, el derecho a pensar de forma diferente a los demás es elitista pues es sólo privilegio de los ciudadanos. “Los procesos productivos continuaron basados en esclavos sin derechos, sin participación social…” (Obregón, 1997:82).

La modernidad se caracteriza por la recuperación de la noción griega de los conceptos de libertad individual, de pluralismo y tolerancia. En el pensamiento moderno hay, sin embargo, una contradicción inherente: por un lado, con respecto a la libertad individual, el consenso social se vuelve la fuente de la verdad y se instaura el derecho de las mayorías a determinar aquello que la comunidad debe hacer. Esto es, que la mayoría pesa más que el individuo. Pero, por otro lado, los pensadores modernos procuraron también proteger al individuo de la tiranía de la mayoría estableciendo derechos naturales que emanan de la relación humana con Dios. Es en este cruce en donde queremos realizar nuestro análisis partiendo de: a) el derecho de las mujeres musulmanas a usar velo en el territorio de las comunidades occidentales, o b) el derecho de la comunidad occidental a prohibirle a dichas mujeres el uso del velo en su espacio geográfico. Nótese que la controversia se centra en el consenso social como fuente de la verdad ética versus los derechos individuales que escapan a la voluntad del consenso social.

La tradición del consenso social como fuente de la ética social se inicia con Hobbes en El Leviatán. Para Hobbes, se trata de “someter sus voluntades cada uno de por sí a su voluntad (de la sociedad), y sus juicios a su juicio (de la sociedad).” (Hobbes, 1839: 157-158) Esta tradición del consenso social culmina con Rousseau. Este último establece el pacto social con base en un sentimiento de benevolencia contrapuesto a la violencia social concebida por Hobbes. Pero tanto en Hobbes como en Rousseau el consenso social predomina como fuente de la verdad ética, “es preciso reconocer que el soberano es el único juez de lo que es importante” (Rousseau, 1950: 28), y la conclusión sería que, de acuerdo con estos autores, las sociedades occidentales tendrían el derecho a restringir el uso del velo.

Sin embargo, la tiranía de la mayoría fue un tema fundamental para los filósofos de la modernidad. Por ejemplo, para Locke, Kant y Smith hay una fuente divina que fundamenta la verdad ética, “…como leyes esenciales de toda voluntad libre en sí misma, las cuales, sin embargo, tienen que entenderse como órdenes del ser supremo…” (Kant, 1966:326), lo que determina ciertos derechos humanos inalienables, los cuales constituyen una parte fundamental de la construcción ética y social de todas las democracias contemporáneas. Locke nos dice: “Que al hombre le ha sido dada una regla por la cual los hombres deberían gobernase a sí mismos…” (Locke, 1960:202).

Si nos preguntamos acerca de si hay argumentos que avalen que las mujeres musulmanas tienen derecho al uso del velo sustentado en derechos humanos inalienables con fundamento divino, la respuesta es que no, ya que dichos derechos inalienables a los que se refieren los pensadores modernos son de carácter más bien ontológico, tales como el derecho a la vida y demás, pero no pueden relacionarse con derechos de orden práctico, como el del uso del velo.

En resumen parecería que, ni el consenso social es suficiente para prohibir el uso del velo, ni los derechos humanos son argumento calificado para permitir su uso. Sin embargo, existe una restricción de carácter primordial que atañe a aquellos casos en los cuales el consenso social debe utilizarse para determinar los lineamientos que debe seguir la conducta individual. Smith, en La teoría de los sentimientos morales señala con claridad que el consenso social sólo tiene derecho a legislar lo individual en aquellos casos en donde la conducta individual pudiese ocasionar un daño a la comunidad. Así, Smith condena al hombre poseído por el espíritu de sistema, el cual “…parece imaginarse que puede ordenar a los diferentes miembros de una gran sociedad…” (Smith, 1937:207). Smith basa todo el desarrollo productivo del capitalismo contemporáneo en el derecho del individuo a actuar libremente en todo aquello que no perjudique a la sociedad. El derecho del individuo de desarrollarse por sí mismo no sólo es argumentado por Smith, lo encontramos también en Marx, quien en Los manuscritos primeros argumenta que el objetivo de la sociedad debe tender al desarrollo de la conciencia individual.

Como consecuencia, dado que portar el velo, y sólo del velo y no aquello que cubre completamente a la persona, como la burka, no hay argumentos para impedir el uso del mismo, ya que no perjudica de ninguna manera a la sociedad, a la comunidad.

Lo paradójico es que el ejercicio del derecho individual para la libertad en todo aquello que no perjudique a la sociedad es esencial en las sociedades occidentales contemporáneas y son ellas quienes lo obstaculizan con esta restricción. Es de suma importancia distinguir entre una legislación que proteja el derecho individual a usar el velo versus grupos sociales que quieran imponerlo, de una legislación que le niegue al individuo su derecho a decidir utilizarlo. La primera legislación está enraizada en el liberalismo, pluralismo y tolerancia, mientras que la segunda es una legislación intolerante que establece el derecho de la comunidad de excluir el pluralismo y de negar la libertad de decisión de cada ser humano.

El legislar en contra del derecho individual al uso del velo se basa en una concepción retrógrada del espacio de acción del consenso social y atenta contra las bases mismas del liberalismo occidental.

En conclusión, legislar en contra del derecho individual a portar el velo contraviene al individualismo, piedra angular en el pensamiento contemporáneo y en el desarrollo del mundo occidental.

El pluralismo sólo puede ser entendido como el derecho del individuo a pensar y actuar libremente en todo aquello que no perjudique a la sociedad.

  1. Los valores islámicos y el problema del uso del velo y otras formas de cubrirse entre las mujeres musulmanas como el hiyab y la burka

La palabra Islam significa literalmente “sumisión” y representa la idea fundamental de la religión islámica: que el creyente acepta someterse a la voluntad de Alá, el único Dios.

El islamismo fue fundado por Mahoma en el siglo VII de la era cristiana, y recogió elementos árabes, judíos y cristianos.

El Corán es la base de la religión musulmana y se compone de los versos que, según la tradición, fueron revelados por Dios a Mahoma por medio del arcángel Gabriel. Cuenta con 114 Suras o capítulos en las cuales se exponen los fundamentos del monoteísmo islámico y en su última parte están los principios morales que debían regir a la comunidad.

Analizaremos ahora la parte referente al uso del velo en el mundo islámico. Es necesario para ello comprender la posición de la mujer en la sociedad musulmana y profundizar en tres conceptos centrales de la estructura social.

En primer lugar, nos referiremos a la relación del individuo con la sociedad, esto es, la mujer como individuo social; en segundo lugar, el papel de la mujer en la historia humana para entender el surgimiento y el significado de la discriminación social contra ella; el tercero, finalmente, se refiere a las características particulares de la vida social de la mujer en el mundo musulmán.

Relación individuo sociedad

Hemos explicado que en la sociedad occidental la libertad individual excluye el derecho de la sociedad de prohibir el uso del velo a la mujer musulmana. La clave está en entender que el eje de la argumentación es la libertad individual. Por lo tanto, en aquellas sociedades donde la libertad individual no existe, la sociedad tiene el derecho per se de regular totalmente la conducta individual.

Los conceptos de libertad individual, pluralismo y respeto al individuo son conceptos muy recientes en la historia del hombre. La modernidad tiene a lo sumo setecientos años, pero la historia del hombre tiene cuando menos cien mil años, a los que habría que agregar con un par de millones de años de evolución adicionales que sirvieron de base para la conformación de la cultura.

No conocemos con detalle la cultura de las sociedades primarias, pero sabemos lo suficiente para aseverar sin ninguna duda que la relación entre el individuo y la sociedad no se da a partir de un análisis la libertad individual, sino con base en un ritualismo costumbrista que define la conducta individual con escasos márgenes de libertad para el individuo. Es dentro de este contexto donde debemos entender el por qué del uso del velo por la mujer en la cultura musulmana. No es una imposición, sino un ritual, no es una falta de libertad, sino una costumbre. No podemos entender el mundo musulmán interpretado desde conceptos propios la cultura occidental; en cambio es perfectamente entendible si lo visualizamos desde la historia de la sociedad primaria y a partir del desenvolvimiento de las sociedades tradicionales anteriores a la modernidad.

Las características de la sociedad primaria han sido ampliamente documentadas por una gran cantidad de autores. Iniciando con Frazer en La rama dorada, Durkheim en Las formas elementales de la vida religiosa, Malinowski en Magia, ciencia, religión y otros ensayos, Margaret Mead y muchos otros.

Todos ellos han señalado que en la sociedad primaria existe un orden que define la conducta individual y que la violación de dicho orden se penaliza socialmente con frecuencia hasta con la muerte. Frazer argumenta que el principio que ordena a la sociedad es la figura de un rey. (Frazer, 1975:272). Durkheim sustituye al rey por el principio del Tótem (Durkheim, 1965:173). Levy Strauss aun cuando rechaza el concepto del Tótem de Durkheim como la fuerza ordenadora de la sociedad, “mantiene la importancia y la existencia de un sistema clasificatorio muy complejo que relaciona la totalidad del universo.” (Obregón, 1997: 17) Sea el rey, el Tótem o el esquema clasificatorio de Strauss, lo que es claro es que todos los pensadores coinciden en que hay un orden social que sanciona y define a la conducta individual. De este modo, en la sociedad primaria, aun la conducta individual más insignificante pertenece al orden universal y está definida. Las cosas tienen que hacerse como la práctica lo señala, la costumbre predomina, los hábitos y los rituales como forma de conducta preservan a la sociedad y la salvaguardan de incurrir en conductas nuevas, creativas y riesgosas, como asevera Rappaport (Rappaport, 2001).

De este mondo el uso del velo en la mujer musulmana desde el punto de vista de la sociedad primaria es sencillamente un ritual y una costumbre que tiene la función de permitir que se reproduzca la forma social de vida establecida para que se mantenga el orden universal.

Pedirles a los musulmanes que cambien el uso del velo es requerirles que atenten contra su orden social y su forma de vida, del mismo modo que sería pedirle a la sociedad occidental que eliminara la libertad individual. Los rituales y las costumbres son la esencia de la vida de la sociedad primaria y la sociedad tradicional.

La mujer en la historia

A medida que las sociedades van evolucionando, los puestos se van diferenciando en su vida económica y social y los roles generales de cada individuo se van haciendo más complejos. De este modo se establece la autoridad de algunos individuos, los cuales se encuentran a su vez sujetos al ordenador social, para redefinir ciertas conductas dentro de la sociedad en algunos aspectos específicos. Esta autoridad dada y dependiente del ordenador social no debe confundirse con autoritarismo.

Es necesario distinguir con claridad entre autoritarismo y discriminación y autoritarismo discriminatorio como formas de interacción producto de la conquista bárbara de unos sobre otros, versus un ordenador social integral que define la conducta de todos y cada uno para el buen funcionamiento general. En la historia, en la medida que las sociedades primarias se fueron diferenciando, el ordenador social se fue volviendo más complejo, pero normalmente en el interior de una sociedad específica esto simplemente se tradujo en una forma más sofisticada de interacción social, pero no para propiciar el abuso autoritario de unos por otros. Autoritarismo y discriminación son consecuencia de la conquista de unas sociedades sobre otras. De este modo, en la sociedad primaria y en la tradicional la mujer no es discriminada, simplemente tiene un papel social definido como lo tiene el hombre, los niños, los ancianos, etc. El uso del velo en la sociedad musulmana no puede verse como una forma de discriminación porque sencillamente es un ritual equivalente al uso de la ropa. La discriminación en contra de la mujer sólo pude documentarse a partir del abuso autoritario de una raza o sociedad por otra, y la discriminación normalmente no es sólo en contra de la mujer, sino de una raza, pertenencia, edad y otras características. La manifestación más clara de la relación entre conquista y autoritarismo discriminatorio es, por ejemplo, el derecho que tenía del señor de la casa en Roma, el cual abarcaba el derecho sexual, de esclavitud y de vida y muerte sobre todos los miembros de la casa, incluyendo sus hijos varones y mujeres. Lo importante de una sociedad autoritaria y discriminante es que la discriminación no se ejerce solamente en contra de la mujer, sino en contra del débil.

Históricamente, en las sociedades primarias o tradicionales, la mujer no es discriminada porque no es vista como un ser inferior o débil, sino que sólo cumple una función social determinada al igual que cualquier otro individuo.

Por eso en el Corán se dice lo siguiente:

“Y entre Sus portentos está el haber creado para vosotros parejas de vuestra misma especie, para que os inclinéis hacia ellas, y haber engendrado amor y ternura entre vosotros: (Corán 30-21).

Y también en el Sura 33, Aya 35 Alá dice:

“Dios ha preparado perdón y magnífica recompensa para los musulmanes y las musulmanas, los creyentes y las creyentes, los devotos y las devotas, los sinceros y las sinceras, los pacientes y las pacientes, los humildes y las humildes, los que y las que dan limosna, los que y las que ayunan, los castos y las castas, los que y las que recuerdan mucho a Dios”

Obsérvese que el Corán no puede considerarse como un documento discriminatorio en contra de la mujer desde ningún punto de vista. El Corán simplemente ofrece lineamientos, se limita a describir la conducta que debe tener la mujer y de igual forma lo hace con el guerrero y con las otras funciones sociales. Es en este contexto que debemos entender las siguientes citas en relación a la conducta de la mujer:

En relación con el cubrirse el cuerpo encontramos

Y diles a las mujeres creyentes que bajen su mirada y que sean modestas, y que muestren de su belleza sólo lo que es aparente, y que se pongan sus velos (jimars), sobre sus pechos, y que no revelen su belleza...(Corán 4:31)

Y más adelante se dice:

Y diles a las mujeres creyentes que bajen su mirada (de ver cosas prohibidas) y que protejan sus partes privadas (de actos sexuales ilícitos, etc.) excepto lo que tiene que verse, que deben poner sus velos sobre su Juyubihinna,” (Corán 24:31)

¡Oh, Profeta! Dile a tus esposas, a tus hijas, y a las mujeres de los creyentes que cubran desde arriba con sus vestidos. Esto es lo más adecuado para que se las reconozcan y no sean molestadas. Allah es el Perdonar, Compasivo. (Corán 33:59)

Como podemos ver, dentro del Corán tampoco se encuentra explícitamente un mandato que indique un encumbramiento completo. Sin embargo, la afirmación sugiere sólo que las mujeres no deben exhibir su belleza. (Sura 24:31) y deben cubrirse con algún tipo de vestidura (Sura 33:59). Para no ser ofendidas, se generalizó el encubrimiento durante el siglo IX y alcanzó su punto máximo en el siglo XVI. Sin embargo las expresiones contenidas suscitan dudas: ¿El velo debe cubrir el pelo, el cuello y el pecho?, ¿la cara?, ¿o todo? Lo que dio origen a diversas interpretaciones es que los sabios tuvieron diferentes puntos de vista en torno a si la mujer debe cubrir sus manos y cara o todo el cuerpo. La mayoría de sabios se adhirieron a la idea de que es preferible que la mujer tape su cara con un velo. Esta concepción quedó concretada en la Sharia.

La mujer en el mundo musulmán

La cultura musulmana, como todas las culturas tradicionales, busca definir la relación entre el individuo y la sociedad a partir de un ordenador social y excluyendo el concepto occidental de libertad individual. Tras la muerte del profeta, como señalamos arriba, se hizo necesario señalar los puntos esenciales que definieran la religión y se crearon así las cinco columnas o pilares (arkan) del Islam, así como otros aspectos de la vida en común. Así nació la Sharia.

La palabra "Sharia" significa “el camino al manantial”. Denota un modo islámico de vivir. Más que un sistema de justicia criminal, es un código vinculado a lo religioso para vivir.

Por eso la Sharia o ley musulmana incluye ordenamientos para las mujeres. La ley pretende proteger la castidad de la mujer, su honra y su posición en la sociedad, de manera que legisla sobre la manera de vestir, “para que la sociedad no se corrompa moralmente.”

El problema está en que deben taparse con el velo usado tradicionalmente por mujeres y niñas, que ya están en la edad madura, en lugares públicos o en presencia de hombres que no pertenezcan a la familia. De acuerdo con dos sabios musulmanes, el primero, Abu Dawood, nos cuenta que una vez se le preguntó al Profeta que incluye la cara a lo que contestó: “que de su frente a su barba, y de cachete a cachete”. De acuerdo con Tirmidi, la oreja sí debe cubrirse porque no es parte de la cara, sino de la cabeza, puesto que el Profeta dijo "Las dos orejas son parte de la cabeza." Y por tanto sólo deben taparse las orejas.

Hoy en día, debido al cambio en el tipo de vestimentas en la sociedad,  se han dado debates constantes por el uso del velo. Los islámicos reformistas y los representantes del derecho de la mujer o feministas exigen debido a la falta de claridad en el Corán, y piden que se exima a las mujeres del uso del velo por la postura de que el velo representa una represión y discriminación contra la mujer. Los religiosos que apoyan el uso del velo lo ven como un símbolo de originalidad en la cultura  y como un símbolo de protección al orgullo. Además, el uso del velo también entra en debate para los ultra ortodoxos quienes afirman la necesidad no sólo del velo, sino de la burka.

Cabe aclarar aquí que existen muchas formas de velos:

1. El hiyab funciona como un velo, es una parte de la vestimenta femenina islámica que establece que debe cubrirse la cabeza o la cara y que en la práctica se manifiesta con distintos tipos de prendas, según zonas y épocas. En sentido restringido, designa una prenda específica moderna, llamada también velo islámico, que protege a la mujer musulmana, pues hay menos posibilidades de que la molesten sexualmente. También hay menos posibilidades de que la exploten por su belleza y feminidad. Las mujeres han interiorizado este concepto y tenemos como ejemplo el de una joven Iraní de la secundaria que dijo, " Queremos que los hombres nos dejen de tratar como objetos sexuales, como siempre lo han hecho. Queremos que ignoren nuestra apariencia y que se fijen en nuestras personalidades y mentes. Queremos que nos tomen con seriedad, que nos traten como iguales y que no nos correteen por nuestros cuerpos y apariencia física."

El hiyab (o hiyeben, en dialecto magrebí) tiene su raíz en la palabra árabe hajaba, que significa esconder, ocultarse de las miradas, poner una distancia. Este velo es el más común y esconde el cabello, las orejas y el cuello, y sólo deja ver el óvalo del rostro.

Su uso está generalizado en el mundo musulmán, donde reemplaza vestimentas tradicionales como el haik, una gran pieza de lana o algodón que disimula el cuerpo y tapa el rostro; éste se remonta a la época romana.

2. La burka es otro tipo de velo. En su origen es la vestimenta tradicional de las tribus pashtún en Afganistán. Es un largo velo de color azul o marrón, que cubre todo el cuerpo y en la cara cuenta sólo con unas rendijas para darles cierta visibilidad a las mujeres. Sólo deja a la vista las manos, aunque algunas mujeres usan guantes. Desde hace algunos años, a los ojos del mundo occidental la burka se convirtió en símbolo del régimen de los talibanes en Afganistán y que lo volvió obligatorio.

El niqab es el equivalente árabe de la burka, que se extendió bajo la influencia del Islam wahabita. Tiene su raíz etimológica en la palabra árabe naqaba, que quiere decir “agujerear”, porque sólo tiene dos agujeros para los ojos; así pues, cubre la cara, pero deja a la vista los ojos. Algunas mujeres visten además gafas de sol y guantes. Se usa con más frecuencia en países árabes con gobiernos seculares, como Siria e Irak.

  1. El chador, su etimología deriva del persa “chaddar”, es una vestimenta tradicional de las mujeres de Irán que cubre desde la cabeza hasta los dedos del pie y es utilizado sobre todo por quienes practican la religión. Se trata de una tela semicircular abierta en el frente, que no posee ni abertura para las manos ni cierre, pero que se sujeta con la mano o con los dientes, o envolviendo sus extremos en torno a la cintura.

Ahora bien, de acuerdo con nuestra investigación el uso del velo forma parte de una tradición anterior de ahí la necesidad de estudiar a la familia que guarda tradiciones más antiguas. Según la Biblia, el uso del velo para las mujeres era común entre los judíos e incluso ya existía entre los árabes antes de la existencia del Islam. Como la institución familiar es patriarcal, es el padre el que posee la patria potestad para disponer el matrimonio de las hijas, aún cuando éstas sean mayores de edad. El marido tiene derecho de mantener hasta cuatro esposas simultáneamente. La mujer puede llegar a pedir el divorcio por alguna causa justificada, mientras que el marido no está obligado a aducir ninguna razón.

Conclusiones

La tesis fundamental de Kant entorno a la ética es que, ontológicamente el hombre nunca ha ser tomado como un medio -aunque el fin pudiese ser moralmente aceptable- sino siempre como un fin en sí mismo, si esto es así, la libertad del ser humano se fundamente en el respeto. Si la Europa occidental se basa en lo social y en lo político, en la tesis individualista podemos concluir que, desde esta perspectiva, no debiera prohibirse al individuo manifestar su propio modo de ser. En lo que a nuestro trabajo concierne debiera permitirse a las personas manifestar su propia personalidad que en este caso significa el uso del velo.

Bibliografía

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Hemerografía

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Documentos en Línea

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Sharia. Consultado el 15 de noviembre de 2006 en

http://www.islamenlinea.com/lamujer/m18.html

La Sharia o ley islámica es la interpretación de la voluntad de Alá, a la que se entregan los creyentes con total sumisión. Difiere del derecho occidental en dos aspectos fundamentales.

1. Su campo de aplicación se extiende no sólo a las relaciones entre el individuo y la sociedad, sino que también a las obligaciones morales y a las obligaciones religiosas con respecto a Dios.

En Inglaterra, sin embargo, se discute ya si se limitaría o no el velo facial completo.

por sí misma

Juyubihinna, de acuerdo con la mayoría de estudiosos, se refiere a la cabeza, orejas, cuello y pecho. Para llenar los mínimos requerimientos del Hiyab una mujer musulmana debe de cubrirse el cuerpo completo, excepto las manos y la cara. “Una vez que Asma, hija de Abu Bakr, pasó enfrente del Profeta vistiendo ropas ligeras. El Profeta alejó su atención de ella. Él le dijo `O Asma cuando una mujer llega a la edad de la menstruación, no es apropiado que ella exhiba partes de su cuerpo con excepción de éstas y éstas' y señaló su cara y sus manos.” [Abu Dawud].

La primera de las columnas es la profesión de fe: “No hay más Dios que Alá y Mahoma es su profeta.” El reconocimiento de Mahoma como profeta iluminado por Alá implica la aceptación de las enseñanzas del Corán:

La oración prescrita, como segunda columna, está formada por ritos, palabras y gestos, que han de realizarse cinco veces al día con el rostro vuelto hacia la Meca; al amanecer, al mediodía, entre las tres y las cinco, antes de ponerse el sol y por la noche. No existe propiamente una liturgia, ni ministros o sacerdotes; sólo hay predicadores y encargados de llamar a la oración y dirigirla.

La limosna o zakat, tercera columna, constituye una forma de purificación de los bienes propios, y debe pagarse a modo de una tasa anual, ya sea en metálico o en especies. La limosna puede ser recaudada por el estado y se destina a los pobres, al rescate de los cautivos, a deudas insostenibles, a la guerra santa, a peregrinaciones y, por extensión, a la educación y a la sanidad.

La cuarta columna es el ayuno. Durante el mes de Ramadán (noveno mes del calendario musulmán) está prescrito un riguroso ayuno desde la salida hasta la puesta del sol.

La peregrinación a La Meca. Todo musulmán que cuente con los recursos necesarios debe de peregrinar a La Meca, al menos una vez en su vida, en el último mes del año.
2. Se considera una expresión de la voluntad divina, a la que deben apegarse los hombres bajo cualquier circunstancia.

Las leyes occidentales, por el contrario, se forman progresivamente según las demandas de los nuevos problemas planteados por la convivencia social.

Debido a que el Corán apenas contiene unas ochenta líneas sobre temas estrictamente legales, la mayoría de los estados islámicos modernos mantuvieron la Sharia en el derecho privado, pero adoptaron los códigos occidentales en el derecho público. Algunos conservan castigos como la flagelación o lapidación por adulterio y la amputación de una mano por el robo.

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