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TÍTULO III (POLICÍA Y SEGURIDAD)
CAPÍTULO I (COOPERACIÓN POLICIAL)
ARTÍCULOS 39 AL 47, AMBOS INCLUSIVE
MANUAL PRÁCTICO DE PRINCIPALES MEDIDAS DE
COOPERACIÓN POLICIAL
VADEMÉCUM DE LA COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA
EL CONVENIO DE APLICACIÓN
DEL ACUERDO SCHENGEN
SE OCUPA DE LA COOPERACIÓN POLICIAL EN:
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ASISTENCIA MÚTUA
(Art.39, ap.1 a 3)
VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
(Art.40)
PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
(Art.41)
COMUNICACIÓN PARA PREVENCIÓN DE INFRACCIONES
(Art.46)
INTERCAMBIO INFORMACIÓN CUESTIÓN FRONTERAS
(Art.7)
DESTINO PROVISIONAL FUNCIONARIOS DE ENLACE
(Art.47)
INTENSIFICACIÓN DE COOPERACIÓN EN FRONTERAS
(Art.39, ap.4 y 5)
CREACIÓN Y MANTENIMIENTO SISTEMA DE INFORMACIÓN
S.I.S.
ENTREGAS VIGILADAS
(Art.73)
MODALIDADES COOPERACIÓN
POLICIAL EN SCHENGEN
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FIN
PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE HECHOS DELICTIVOS
REQUISITOS
AUTORIZACIÓN POR EL DERECHO NACIONAL
DENTRO DE LOS LÍMITES DE COMPETENCIA
EXENCIÓN DE RESERVA DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES
NO IMPLICACIÓN DE MEDIDAS COERCITIVAS
ASISTENCIA MÚTUA
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A TRAVÉS DE LAS AUTORIDADES CENTRALES
EN CASOS DE URGENCIA DIRECTAMENTE
LAS INFORMACIONES SÓLO SE UTILIZARÁN COMO
MEDIO DE PRUEBA CON EL CONSENTIMIENTO
PREVIO DEL PAÍS QUE LAS FACILITÓ.
EN ESPAÑA LA AUTORIDAD CENTRAL ES:
DIRECCIÓN GENERAL DE LA
POLICÍA
Comisaría General de Policía
Judicial
Unidad de Cooperación Policial
Internacional
PASEO DE LA CASTELLANA, 64
(MADRID)
CAUCE DE TRANSMISIÓN
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ANTECEDENTES POLICIALES
DATOS VEHÍCULOS
DOCUMENTOS
TELÉFONOS FIJOS
DATOS SOBRE ARMAS
INVESTIGACIONES EN CURSO
OBJETOS
GESTIONES SOBRE CADAVERES
RESEÑAS Y FOTOS
SOLICITUDES
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ARTÍCULO 39
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
ASIGNAR NÚMERO COOPERACIÓN – ABRIR EXPEDIENTE
TRADUCCIÓN
ESTUDIO
USO DE LAS APLICACIONES DISPONIBLES:
ADEXTRA
N.I.E., D.N.I. Y PASAPORTES
PERPOL
OBJETOS (ANTECEDENTES, VEHÍCULOS,
DOCUMENTOS)
TRÁFICO
TITULARES DE VEHÍCULOS
PRISIONES
PERSONAS INGRESADAS EN C.P. Y SU
SITUACIÓN
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ARTÍCULO 39
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
SE REMITE A NUESTROS ORGANISMOS COMPETENTES:
JUDICIALES
GUARDIA CIVIL
POLICIALES
CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
JUEZ DECANO - PRINCIPALMENTE
POLICÍAS AUTÓNOMAS
OTRAS AUTORIDADES JUDICIALES – A TRAVÉS POLICÍA
POLICÍAS LOCALES
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 39
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
LAS RESPUESTAS SE REMITEN AL PAÍS SOLICITANTE
EN ESPAÑOL O EN LENGUA DE APOYO
RESPUESTAS CON DOCUMENTOS:
CORREO ORDINARIO
RESPUESTAS SIN DOCUMENTOS:
FAX
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 39
SOLICITADAS POR ESPAÑA:
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN .- ABRIR EXPEDIENTE
DATOS
REQUISITOS
FAX
QUE NO ESTÉ EN EL
S.I.S.
SI NO ACOMPAÑA DOCUMENTACIÓN
PAÍS REQUERIDO ES ESTADO
SCHENGEN
CONFECCIÓN DEL PERTINENTE ESCRITO DE PETICIÓN:
SE ESTUDIA PARA COMPROBAR:
OFICIO
SI ACOMPAÑA DOCUMENTACIÓN
* (VALORAR RESTRICTIVAMENTE EL CARÁCTER URGENTE)
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ARTÍCULO 39
SOLICITADAS POR ESPAÑA:
NO TRADUCCIÓN
: SE ENVIA DIRECTAMENTE AL PAÍS REQUERIDO
INTRODUCIR EN EL EXPEDIENTE INFORMÁTICO
TRADUCIR
AGOTAR POSIBILIDADES ANTES DE SOLICITAR A TODOS LOS PAÍSES
SI TRADUCCIÓN
: SE PASA A TRADUCCIÓN Y SE ENVÍA AL PAÍS
REQUERIDO
SOLICITUD CON VARIOS ELEMENTOS /PAÍSES:
DESGLOSAR
LLEGADAS RESPUESTAS:
REMITIR A NUESTRO ORGANISMO PETICIONARIO
CONTINUACIÓN
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REGULA
UNA FORMA DE COOPERACIÓN PASIVA EN LA
INVESTIGACIÓN DE HECHOS DELICTIVOS
CONSISTE
ACTIVIDADES DE VIGILANCIA POR PARTE DE
AGENTES POLICIALES EXTRANJEROS
LA VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
(Art. 40)
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TIPOS DE VIGILANCIA
VIGILANCIA NORMAL
SE REALIZA TRAS LA OBTENCIÓN DE UNA AUTORIZACIÓN
VIGILANCIA “EN CASO DE URGENCIA”
QUE PERMITE LA VIGILANCIA SIN AUTORIZACIÓN PREVIA
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VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
NORMAL
REQUISITOS:
EXISTENCIA PREVIA DE UNA INVESTIGACIÓN JUDICIAL
SOBRE EL PRESUNTO AUTOR O QUE EXISTA UNA SERIA
PRESUNCIÓN DE PODER IDENTIFICAR O LOCALIZAR
AL MISMO
SÓLO ANTE UN DELITO QUE PUEDA DAR LUGAR A
EXTRADICIÓN
SÓLO DETERMINADOS AGENTES ESTAN HABILITADOS
EN ESPAÑA: C.N.P. Y GUARDIA CIVIL
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WNIOSEK
DEBERÁ CONTENER:
KRAJ WNIOSKUJĄCY
KRAJ ADRESAT
AUTORIDAD JUDICIAL Y PROCEDIMIENTO
SERVICIO POLICIAL ENCARGADO
FUNCIONARIOS INTERVINIENTES
VEHÍCULOS A UTILIZAR
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
MOTIVO DE SOLICITUD
INFORMACIÓN DEL SOSPECHOSO
INFORMACIÓN DE LA INFRACCIÓN
ZONA PREVISTA DE VIGILANCIA
DURACIÓN PROBABLE, ETC.
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DURANTE LA VIGILANCIA
LOS AGENTES ACTUARÁN CONFORME AL DERECHO NACIONAL
OBEDECERÁN LAS ÓRDENES DE LAS AUTORIDADES LOCALES
LLEVARÁN CONSIGO LA AUTORIZACIÓN DE VIGILANCIA
SALVO DECISIÓN EN CONTRA PODRÁN PORTAR ARMA
SÓLO PODRÁN UTILIZARLA EN LEGÍTIMA DEFENSA
TENDRÁN PROHIBIDA LA ENTRADA EN DOMICILIOS PARTICULARES
NO PODRÁN DETENER NI INTERROGAR AL VIGILADO
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AL FINALIZAR LA VIGILANCIA
ELABORARÁN UN INFORME CONFORME A UN MODELO
“ANEXO 3 DEL VADEMÉCUM DE COOPERACIÓN POLICIAL“
LAS AUTORIDADES PODRÁN EXIGIR LA
COLABORACIÓN
DE LOS AGENTES EN LA INVESTIGACIÓN QUE
RESULTE
DE LA VIGILANCIA
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VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
URGENTE
ADEMÁS DE LOS REQUISITOS NORMALES:
POR RAZONES “ PARTICULARMENTE
URGENTES ”
COMUNICACIÓN INMEDIATA DEL CRUCE DE
FRONTERA
TRANSMISIÓN SIN DEMORA DE LA SOLICITUD
CESARÁ POR:
A PETICIÓN DEL ESTADO EN QUE ACTÚAN
SI 5 H. DESPUÉS DEL CRUCE NO HAY AUTORIZACIÓN
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VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
URGENTE
SÓLO POR PRESUNTOS DELITOS DE:
ASESINATO
HOMICIDIO
DELITO GRAVE
NATURALEZA SEXUAL
INCENDIO
PROVOCADO
FALSIFICACIÓN Y ALT.
MEDIOS DE PAGO
ROBO Y
ENCUBRIMIENTO
ANIMO LUCRO
EXTORSIÓN
SECUESTRO Y TOMA
DE REHENES
TRÁFICO DE SERES
HUMANOS
TRÁFICO ILÍCITO
ESTUPEFACIENTES
INFRAC. SOBRE
ARMAS Y EXPLOSIVOS
TRANS. ILÍCITO DE
RESIDUOS TÓXICOS
BLANQUEO DE
CAPITALES
DELITOS DE
TERRORISMO
ESTAFA GRAVE
TRÁFICO ILICITO DE
SUSTANCIAS
NUCLEARES Y
RADIOACTIVAS
RED DE
INMIGRACIÓN ILEGAL
PARTICIPACIÓN EN
ORGANIZACIÓN
DELICTIVA
DESTRUCCIÓN CON EXPLOSIVOS
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VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
URGENTE
CONSIDERACIONES
FINALES
NO ESTÁN SOMETIDAS A LÍMITES NI
ESPACIALES NI
TEMPORALES
TIENE POR OBJETO EXCLUSIVO OBTENCIÓN DE
DATOS
O INFORMACIONES SOBRE ACTIVIDADES DEL
VIGILADO
LA COMPETENCIA ES DE LAS AUTORIDADES
POLICIALES
SUBDIRECCIÓN GENERAL OPERATIVA
OFICINA S.I.R.E.N.E.
EN NUESTRO PAÍS LA
AUTORIDAD ES
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ARTÍCULO 40
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
ESTUDIAR SI CUMPLE LOS REQUISITOS:
PERSONA(S) A VIGILAR
MOTIVO
AUTORIDAD JUDICIAL
AGENTES QUE SIGUEN AL
VIGILADO(S)
ASIGNAR NÚMERO COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
TRADUCIR AL ESPAÑOL
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 40
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
SE REMITE A:
AUTORIDAD CENTRAL
SUBDIRECCION
GENERAL
OPERATIVA C.N.P.
U.C.I.C.
INVESTIGACIÓ
N ACTIVA
C.E.N.C.I.
ORGANISMO
CENTRAL
COMPETENTE
A EFECTOS DE
AUTORIZACIÓN
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 40
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
SI AUTORIZA, SE REMITA A:
DEMARCACIONE
S POLICIALES
TERRITORIALES
SALA
OPERACIONES
GUARDIA CIVIL
JEFATURAS
SUPERIORES
COMANDANCI
AS
GUARDIA
CIVIL
PUESTOS
FRONTERIZ
OS
COMISARÍAS
PROVINCIAL
ES
COMISARÍA
S
LOCALES
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 40
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
SE ASIGNA AL CUERPO POLICIAL COMPETENTE EN BASE A CRITERIO:
( L.O. 2/86 de FF. Y CC. Seguridad)
FESTIVOS, FINES DE SEMANA Y NOCHES LAS AUTORIZA:
TERRITORIAL
MATERIAL
(CONTINUACIÓN)
EL JEFE DE LA OFICINA SIRENE
EJECUCIÓN DE LA VIGILANCIA
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ARTÍCULO 40
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
FACILITAR EL CONTACTO ENTRE LOS FUNCIONARIOS
POLICIALES DE AMBOS PAÍSES
SE TRADUCE
SE COMUNICA A TODAS LAS
DEMARCACIONES POLICIALES IMPLICADAS.
SE ENVIA A LA SUBDIRECCIÓN GENERAL OPERATIVA
CASO GUARDIA CIVIL, LAS COORDINAN
ELLOS
V.T. QUE PASAN POR DISTINTAS DEMARCACIONES
POLICIALES
COMUNICAR AL PAÍS LA AUTORIZACIÓN
INFORME FINAL
(CONTINUACIÓN)
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ARTÍCULO 40
SOLICITADAS POR ESPAÑA:
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
AUTORIDAD JUDICIAL
MOTIVO
AGENTES QUE SIGUEN AL VIGILADO
PERSONA A VIGILAR
SE ESTUDIA SI CUMPLE REQUISITOS:
SE REMITEN A:
AUTORIDAD CENTRAL (SUBDIRECCION GENERAL OPERATIVA)
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ARTÍCULO 40
SOLICITADAS POR ESPAÑA:
AL TÉRMINO DE LA VIGILANCIA EL INFORME FINAL
SE REMITE AL PAÍS REQUERIDO
SIN TRADUCIR Ó
TRADUCIDA A LENGUA DE APOYO
AL PAÍS / PAÍSES POR DONDE VA A TRANSCURRIR
UNA VEZ AUTORIZADA POR EL PAÍS REQUERIDO SE COMUNICA
A LA UNIDAD POLICIAL PETICIONARIA
(CONTINUACIÓN)
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32
33
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ARTÍCULO 41
PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
PERSECUCIÓN EN CALIENTE
UN ESTADO PERMITE QUE DENTRO DE SU TERRITORIO SE
DESARROLLEN ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO
ES LA PERSECUCIÓN DE UNA PERSONA SORPRENDIDA EN
FLAGRANTE DELITO O EN EVASIÓN.
NO ES NECESARIA LA AUTORIZACIÓN PREVIA
LOS AGENTES ACTUANTES TIENEN OBLIGACIÓN DE ACUDIR
A LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN QUE SE REALIZA LA
PERSECUCIÓN
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
CONDICIONES GENERALES
LOS AGENTES RESPETARÁN EL DERECHO DEL ESTADO
Y LAS
ÓRDENES DE LAS AUTORIDADES LOCALES
COMPETENTES
ÚNICAMENTE SE UTILIZARÁN LAS FRONTERAS
TERRESTRES
LOS AGENTES TIENEN PROHIBIDO ENTRADA EN
DOMICILIOS
LOS AGENTES SERÁN FÁCILMENTE IDENTIFICABLES
PODRÁN LLEVAR ARMAS, SÓLO USO EN LEGÍTIMA
DEFENSA
EN CASO DE DETENCIÓN, SÓLO REGISTRO DE
SEGURIDAD
AL FINALIZAR PRESENTARÁN INFORME
PRESTARÁN AYUDA EN LA INVESTIGACIÓN
POSTERIOR
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
AGENTES AUTORIZADOS
CADA ESTADO TIENE ASIGNADO DETERMINADOS AGENTES
A FUNCIONARIOS DEPENDIENTES DE ADUANAS EN
TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES
TRÁFICO DE ARMAS Y EXPLOSIVOS
TRANSPORTE ILÍCITO DE RESIDUOS TÓXICOS Y NOCIVOS
ESPAÑA AUTORIZA A
CUERPO NACIONAL POLICÍA
GUARDIA CIVIL
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
DELITOS JUSTIFICATIVOS
EL ART. 41.4 DEL C.A.A.S. BRINDA DOS POSIBILIDADES
PERSECUCIÓN POR INFRACCIÓN QUE DA LUGAR A EXTRADICIÓN
POR LOS MISMOS DELITOS QUE PARA LA VIGILANCIA TRANSFRONTERIZA
ESPAÑA HA OPTADO POR LA SEGUNDA ALTERNATIVA
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
LÍMITES IMPUESTOS POR ESPAÑA
FRONTERA CON LA REPÚBLICA FRANCESA
LIMITACIÓN A UN RADIO DE 10 KM. DE LA
FRONTERA
SIN LÍMITE TEMPORAL
SIN DERECHO A INTERROGAR NI A DETENER
LIMITACIÓN A INFRACCIONES DEL ART. 41.4
C.A.A.S.
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
LÍMITES IMPUESTOS POR ESPAÑA
FRONTERA CON LA REPÚBLICA
PORTUGUESA
LIMITACIÓN A UN RADIO DE 50 KM. DE LA
FRONTERA
LÍMITE TEMPORAL NO SUPERIOR A 2 HORAS
SIN DERECHO A INTERROGAR NI A DETENER
LIMITACIÓN A INFRACCIONES DEL ART. 41.4
C.A.A.S.
40
PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
DERECHO COMÚN DE DETENCIÓN
ESPAÑA
AL QUE INTETARE COMETER UN DELITO
AL DELINCUENTE “IN FRAGANTI”
AL QUE SE FUGARE ESTANDO DETENIDO O PRESO
AL PROCESADO O CONDENADO EN REBELDÍA
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
DERECHO COMÚN DE DETENCIÓN
FRANCIA
DELITO PRIVATIVO DE LIBERTAD “IN FRAGANTI”
QUE EL AGENTE SEA TESTIGO O VÍCTIMA
QUE EL DELITO SEA COMETIDO EN TERRITORIO FRANCÉS
POR LO QUE LA DETENCIÓN NO ES CAUSA DEL MOTIVO
DE LA PERSECUCIÓN
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
DERECHO COMÚN DE DETENCIÓN
PORTUGAL
NO HA REFLEJADO SU DERECHO COMÚN DE DETENCIÓN
SE APLICARÁ LO DISPUESTO EN EL ART. 41.2 DEL C.A.A.S.
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PERSECUCIÓN TRANSFRONTERIZA
CONSIDERACIONES FINALES
ÚNICAMENTE PODRÁN RETENER HASTA LA ACTUACIÓN DE LOS
AGENTES DEL ESTADO SOBERANO
SI LA PERSONA NO TIENE LA NACIONALIDAD DEL ESTADO
SOBERANO, SERÁ PUESTA EN LIBERTAD ANTES DE 6 HORAS
SE REALIZARÁ UN INFORME POR LOS AGENTES ACTUANTES
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ARTÍCULO 41
REALIZADAS EN ESPAÑA:
SE REMITE A:
LA AUTORIDAD CENTRAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL
OPERATIVA
ORGANISMOS
CENTRALES
POLICIALES
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
TRADUCIR
INFORME FINAL
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ARTÍCULO 41
REALIZADAS POR ESPAÑA:
SE ENVIA INFORME FINAL FRANCIA/PORTUGAL
EN ESPAÑOL
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
SE COMUNICAN A NUESTRA AUTORIDAD CENTRAL.
SUBDIRECCIÓN GENERAL OPERATIVA
INFORME FINAL
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COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN
EN CASOS PARTICULARES Y
COOPERACIÓN EN MATERIA DE
ORDEN Y SEGURIDAD PÚBLICOS
(ART. 46)
VA DIRIGIDO A ACONTECIMIENTOS MUTITUDINARIOS
COMPETICIONES DEPORTIVAS
CONCIERTOS MUSICALES
MANIFESTACIONES DE DISTINTA ÍNDOLE
OBSTRUCCIÓN DE VÍAS DE COMUNICACIÓN
QUE SUPONGAN AMENAZA AL ORDEN PÚBLICO Y LA SEGURIDAD
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CAUCE DE TRANSMISIÓN
A TRAVÉS DE LA AUTORIDAD CENTRAL
EN CASOS DE URGENCIA LOS SERVICIOS POLICIALES AFECTADOS
PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, SIGUIENTES MEDIOS
TELÉFONO / FAX
CORREO ELECTRÓNICO
COMUNICACIÓN POR RADIO
OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE DATOS
EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
SE TRANSMITIRÁ LO ANTES POSIBLE
SERÁ CONFIDENCIAL
SE UTILIZARÁ SÓLO A LOS FINES A QUE SE SUMINISTRÓ
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CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN
TIPO DE SUCESO O ACONTECIMIENTO
CARACTERÍSTICAS DE LAS PERSONAS
LUGARES Y FECHAS DE LA CONCENTRACIÓN
ITINERARIOS Y PARADAS PREVISTAS
MEDIOS DE TRANSPORTE A UTILIZAR
OTRAS INFORMACIONES RELEVANTES
FIABILIDAD DE LA INFORMACIÓN
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COOPERACIÓN PRÁCTICA
SE PODRÁN ENVIAR FUNCIONARIOS DE ENLACE
TENDRÁN MISIONES DE ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA
EL ESTADO DE ACOGIDA FIJARÁ SUS ACTIVIDADES
DESTINO E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS DE ENLACE AD HOC
COORDINACIÓN DE PLANES OPERATIVOS PARA CASOS
CONCRETOS
LOS ESTADOS CONCERTARÁN PLANES OPERATIVOS Y
MEDIDAS A EFECTOS DE PREVENCIÓN DE AMENAZAS
PARA EL ORDEN PÚBLICO Y LA SEGURIDAD
CREACIÓN AD HOC DE CENTROS DE MANDO Y COORDINACIÓN SOBRE
EL TERRENO COMÚN
SI LAS CIRCUNSTANCIAS LO EXIGEN
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52
ARTÍCULO 46
RECEPCIONADAS POR ESPAÑA:
LA RESPUESTA SE REMITE AL PAÍS SOLICITANTE:
EN ESPAÑOL
TRADUCIDO EN LENGUA DE APOYO
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
TRADUCIR
ESTUDIAR
ENVIAR A LA SUBDIRECCIÓN GENERAL OPERATIVA.
SU TITULAR ES LA AUTORIDAD CENTRAL RECOGIDA
EN EL VADEMÉCUM DE C.P.
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ARTÍCULO 46
SOLICITADAS POR ESPAÑA:
RECEPCIONADA LA RESPUESTA:
EN ESPAÑOL
TRADUCIDA EN LENGUA DE APOYO
ASIGNAR NÚMERO DE COOPERACIÓN
- ABRIR EXPEDIENTE -
SE ESTUDIA
SE ELABORA EL CORRESPONDIENTE FAX
SE ENVÍA AL PAÍS IMPLICADO:
SE TRADUCE
SE REMITE AL ORGANISMO PETICIONARIO
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GUARDIA